Policía de Santa Cruz
¿Quieres reaccionar a este mensaje? Regístrate en el foro con unos pocos clics o inicia sesión para continuar.

Información a las víctimas de un delito.

Ir abajo

Información a las víctimas de un delito. Empty Información a las víctimas de un delito.

Mensaje  Admin Lun Jul 09, 2012 10:07 am


SI USTED SE CONSIDERA UNA VICTIMA


DONDE PEDIR ASISTENCIA: Lo más cercano normalmente al domicilio de la gente son las comisarías, o en cualquier otra dependencia policial le van a indicar el lugar correcto según el caso.


QUIEN PUEDE HACER UNA DENUNCIA: Si es mayor de edad, el delito puede denunciarse en los lugares antes mencionados. Si es menor de edad, la denuncia pueden realizarla sus madres, padres, tutores o representantes legales, en los lugares citados. Si el delito fue cometido contra niñas/os o adolescentes por sus padres, tutores o si la/el menor de edad no está bajo la responsabilidad de una persona adulta, las autoridades deben promover la investigación. Tenga en cuenta que no importa el tiempo transcurrido, igualmente puede denunciar.


QUIEN RECIBIRA LA DENUNCIA: En las comisarías la denuncia la puede tomar un funcionario policial. En las dependencias del Poder Judicial, la denuncia la recibe un funcionario judicial. En cualquiera de los casos existen profesionales especializados de diferentes áreas, que lo van a contener.


PREGUNTAS FRECUENTES AL DENUNCIAR: Lo que refiera al hecho en sí, por ejemplo: fecha, lugar, hora, señas particulares del agresor (ropa, contextura, pelo, señas, altura, accesorios, aros, anillos, tatuajes, etc.) sea cual sea el delito. En caso de robo, detalles de lo sustraído, su valor y todo otro dato relativos al hecho que ayude a su esclarecimiento. Para los casos de violencia familiar, deberá acreditar el vinculo de la víctima con el agresor con la documentación que así lo demuestren.

En los delitos contra la integridad sexual deberá tener en cuenta lo específico del caso.


DOCUMENTACION REQUERIDA: En todos los casos llevar la documentación personal (DNI Cédula, Partida de Nacimiento o comprobante de DNI en trámite) que acredite identidad. En caso de hurto o robo, se deberá tener en cuenta que se debe llevar la documentación que acredite la propiedad de lo sustraído. Si fuere posible, en los casos de violación las prendas intimas con las que la victima hubiere vestido al momento de la agresión sexual, sin lavar como así todo otro elemento u objeto que hubiere sido tocado por el agresor o que pertenezca a él (pelos, vasos, etc.) todo dentro de una bolsa de papel cerrada, tratando de evitar ser tocado por otra persona.



QUE DEBERIA HACER EN CASO DE :


Secuestro: este delito se dará cuando una o varias personas sustrajeren, retuvieren u ocultaren a otra u otras para PEDIR RESCATE, sea dinero o bienes.

Las víctimas toman carácter de activas y/o pasivas según su posición ante el hecho. Víctima Activa, es toda persona que es retenida en lugar desconocido por quien se pide el pago de rescate. Víctima Pasiva, es la persona o grupo de personas más cercano a la víctima activa.


1) Haga la denuncia.

2) Una vez radicada la denuncia correspondiente, se mantendrá reserva absoluta, tomándose los recaudos para evitar la filtración de la información.

3) Siga todo los pasos legales que le recomiendan las autoridades a cargo de la investigación.

El secuestro virtual: es una modalidad de estafa. Es una maniobra engañosa por medio de la cual alguien a través de un llamado telefónico a un teléfono fijo y/o celular como destino pero efectuado desde un teléfono (normalmente son llamadas que hacen personas detenidas y desde el Servicio penitenciario) y mediante engaños y tomando información que su ocasional interlocutor le entrega, logra construir una historia y/o relato que anuncia un accidente y/o tragedia que pudo haber sufrido algún pariente cercano a quien atendió el teléfono. En tal caso deberán tomarse los siguientes recaudos: Si el identificador de llamadas muestra la leyenda Servicio Penitenciario debe cortar inmediatamente la comunicación; en ningún caso deberá entregar datos personales, características físicas, números de teléfono, dirección, nombres de personas, marcas y/o modelos de autos, horarios etc. Si efectivamente la historia es real requiera toda la información que considere necesaria.

Violación o abuso sexual: El Código Penal considera que la violación y el abuso sexual son delitos contra la integridad sexual y los reprime (artículos 119 y 120) incluyendo entre los ataques sexuales a aquellos en los cuales existió violencia, amenazas o se aprovechó una relación de poder o de autoridad.

Qué hacer: Concurrir ante la autoridad policial o judicial en lo posible acompañado de una persona de confianza. No higienizarse hasta después de ser revisada/o por el médico forense. Conservar la ropa que pudo haber estado con posibles fluidos preferentemente en una bolsa de papel cerrada.

Violencia familiar: La violencia contra la mujer y los niños no es una vergüenza sino un delito.

Señales de violencia familiar: Violencias físicas y/o sexual sobre la persona. Maltrato hacia los niños. Falta de reconocimiento de una realidad intrafamiliar violenta. Carencia de contención. Situación de inhibición y aislamiento. Intervención médica como consecuencia de las agresiones. Fracasos de terapias alternativas y sin solución al problema.

Dónde concurrir: Cualquier dependencia policial, Juzgado del menor y la familia, juzgado de paz.


Admin
Admin

Mensajes : 10
Fecha de inscripción : 09/07/2012

https://policiasantacruz.activo.mx

Volver arriba Ir abajo

Volver arriba


 
Permisos de este foro:
No puedes responder a temas en este foro.